La Justicia de Santa Fe condenó este martes a López Gagliasso a 16 años de prisión por la tragedia vial ocurrida en enero de 2025 en la costanera de Rosario, donde perdieron la vida las cordobesas Tania Gandolfi y su hija, Agustina García.
El fallo fue resuelto de manera unánime por el tribunal, que consideró al acusado responsable de doble homicidio simple con dolo eventual. Además de la pena de prisión efectiva, las juezas establecieron 10 años de inhabilitación para conducir vehículos.
La sentencia quedó dos años por debajo de lo solicitado por la fiscal Valeria Piazza Iglesias, quien durante el proceso había reclamado 18 años de cárcel y el mismo período de inhabilitación para manejar. Los argumentos completos que llevaron al tribunal a determinar la pena de 16 años serán dados a conocer dentro de diez días.
Tras conocerse el veredicto, la fiscal Ana Agú destacó la magnitud de la condena y aseguró que representa la pena más elevada impuesta hasta el momento en Santa Fe por un hecho de estas características.
Según explicó la representante del Ministerio Público de la Acusación, los 16 años establecidos por las juezas constituyen una sanción cercana a las aplicadas en hechos considerados de dolo directo, pese a que en este caso la calificación fue de dolo eventual.
Agú también planteó que la sentencia podría ubicarse entre las condenas más altas dictadas en el país por un siniestro vial. Como referencia mencionó un antecedente de Mendoza, donde un conductor de colectivo recibió 22 años de prisión por un episodio que provocó la muerte de 22 personas.
López Gagliasso se encuentra privado de su libertad desde el mismo día de la tragedia. Desde entonces permanecía bajo prisión preventiva en la cárcel de Piñero y, a partir de la resolución judicial, continuará detenido para cumplir la condena impuesta.
A la pena de prisión se suma la prohibición de conducir durante diez años, plazo que comenzará a regir cuando recupere la libertad. Desde la Fiscalía señalaron que se trata del máximo período de inhabilitación contemplado por el Código Penal para este tipo de casos.
El fallo adquiere especial relevancia por la aplicación de la figura del dolo eventual en un hecho de tránsito. De acuerdo con la Fiscalía, en Rosario existen otros cuatro antecedentes de condenas bajo esa calificación en siniestros viales.
Ahora quedará pendiente conocer los fundamentos de las magistradas. Esa instancia permitirá establecer cuáles fueron los criterios utilizados para fijar una condena de 16 años y no los 18 que había reclamado la acusación durante el juicio.